jueves, 15 de abril de 2010

Licencias Creative Commons y el ministerio de cultura

Leo en ITEspresso, tengo que consultar las fuentes originales, e incluso tengo que comprobar que el dominio mcu corresponde realmente al ministerio de cultura.

En un informe relativo al libro electrónico, el observatorio de la lectura y el libro, dependiente del ministerio de cultura, emite semejante enunciado hablando del marco legal del libro electrónico.

Deberían atender también a la posible pérdida de control de la obra al ser difundida de forma masiva en la red bajo licencias Creative Commons, así como a la controversia sobre su naturaleza de contratos y la obligación por Ley de que las entidades de gestión de derechos hagan efectivos los derechos de remuneración aún en el caso de que el autor decidida regalar su obra o no cobrar.

¿Esto es un ministerio de cultura o un ministerio de las industrias culturales?

Después de oír semejante barbaridad, debo afirmar que es un ministerio de las industrias culturales. Únicamente piensan en el dinero, no en la cultura. Si pensaran en la cultura, lo que solicitarían sería una extensión de licencias CC. Además del detalle de que me resisto a pensar que "mentiras y gordas", obra maestra de la ministra, sea cultura, en mi opinión más bien industria musical.

Empezaremos recordándoles que son las licencias CC. Las licencias CC son unas licencias de copyright que definen bajo que condiciones puedes distribuir una obra, sea cual sea (en un principio originadas para el mundo software). Es decir, las obras licenciadas bajo licencia CC tienen el mismo grado de protección para el autor que el último libro de Harry Potter.

Aunque hay de varios tipos, las más comunes son las aparecidas en la imagen del título.
  • Derecho a la distribución citando la fuente.
  • Derecho a la distribución de la obra, sin posibilidad de modificación de la misma
  • Derecho a la distribución de derivados de la copia, siempre que se distribuyan con la misma licencia que el original
  • Derecho a la distribución, reproducción, copia, exhibición y ejecución únicamente sin fines comerciales
De repente, el ministerio dice que hay que crear un marco legal para que de cara a evitar una pérdida del control sobre sus obras, estas sean vigiladas previo pago por las entidades de gestión. Las licencias copyright que ha querido aplicar el autor no valen, y alguien hace un uso comercial de una obra para defender que el autor no quiera que nadie haga uso comercial de esa obra.

Estos son los defensores del copyright (del que les conviene, claro)

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